Industria Digitala 2022

Abierta la convocatoria de ayudas para la transformación digital de la industria vasca.

Plazo

Fecha inicio:25/02/2022

Fecha límite presentación: A las 23:59 horas del 07/11/2022

Cuantía

Hasta 18.000 €/año para que puedas diagnosticar e implantar las TEICs que necesita tu empresa

 

Proyectos

Consultoría, ingeniería y adquisición de hardware o software.

¿Tienes un proyecto de digitalización en mente?

El programa Industria Digitala te brinda la oportunidad de avanzar hacia la Industria Inteligente, desarrollando e implementando soluciones mediante tecnologías digitales y sostenibles que permitan hacer frente a los retos más grandes del presente y futuro. Industria Digitala te ayuda a:

Objeto

Apoyar la incorporación de las Tecnologías de la Electrónica, la Información y las Comunicaciones (TEICs) en los procesos internos y los procesos de relación con sus clientes, proveedores y las administraciones, de las empresas industriales y de Servicios conexos ligados al producto-proceso industrial, con el objeto de mejorar la competitividad de la empresa.

Entidades beneficiarias

Podrán acceder a las ayudas las empresas industriales y empresas de servicios técnicos, de diseño y de logística, ligados al producto-proceso industrial (se acredita mediante el alta en el IAE que dispongan de un centro de actividad industrial en la Comunidad Autónoma del País Vasco, centro en el que el proyecto presentado deberá tener impacto y en el que se realizará la actividad subvencionable).

Proyectos subvencionables

Tendrán la consideración de actuaciones subvencionables los siguientes proyectos de implantación de TEICs o de diagnóstico para la evaluación y selección de TEICs:

1.– Sensórica, SCADA, servitización, automatización de procesos industriales, BIGDATA, Inteligencia Artificial, machine learning y blockchain.
2.– Realidad virtual, aumentada y mixta.
3.– Visión artificial.
4.– Smart Factory. Simulación de procesos industriales combinando capacidades físicas y virtuales.
5.– Robótica colaborativa y flexible.
6.– Fabricación aditiva: servicios de ingeniería y consultoría para el acompañamiento desde la concepción inicial y el diseño, hasta la producción.
7.– Gamificación. Proyectos de consultoría que contemplen el aplicar técnicas extraídas de los juegos para fidelizar usuarios, motivarlos y lograr su compromiso.
8.– Comercio Electrónico: Compras Electrónicas, Ventas Electrónicas, Proyectos B2B (Business to Business) o B2C (Business-to-Consumer).
9.– Sistemas de gestión avanzada de la empresa tipo ERPs, Business Intelligence, SMC, Mantenimiento preventivo, Gestión logística de la cadena de suministro.
10.– Gestión del ciclo de vida del producto (Implantación de aplicaciones del tipo CAM CAE, PDM, DMF).
11.– Teletrabajo: herramientas colaborativas, accesos remotos a los sistemas y activos de la empresa, continuidad del negocio.
12.– Implementación de «Servicios de preservación de datos a largo plazo» de acuerdo a los estándares TS 119 511 (2019/06) y TS 119 512 (2020/01) del reg. europeo eIDAS (electronic IDentification, Authentication and trust Services).

Los gastos subvencionables serán:
a) Gastos de subcontratación a empresas externas expertas, en el ámbito del proyecto presentado.
b) Hardware destinado al proyecto presentado.
c) Software destinado al proyecto presentado.

Cuantía de las ayudas

Las ayudas se instrumentarán en forma de subvenciones en los siguientes porcentajes sobre los gastos e inversiones elegibles aprobados.

a) Micro y Pequeña Empresa, 50%.
b) Mediana Empresa, 30%
c) Gran Empresa, 25%

La subvención máxima anual para apoyar los gastos de consultoría-ingeniería, hardware y software asociados al proyecto será de 18.000 euros para la realización de una o más actuaciones subvencionables a lo largo del ejercicio.
La subvención máxima por concepto subvencionable, dentro de los 18.000 euros de límite máximo de subvención global será el siguiente:

– Hardware y o Software: máximo 9.000 euros.
– Gastos de Consultoría y/o Ingeniería: máximo 18.000 euros.

Plazo

07/11/2022

Nota importante: los proyectos no deben estar iniciados antes de presentar la solicitud salvo en el caso de proyectos ya iniciados al convocarse la ayuda para los que, en el caso de iniciarse en 2019, se da un periodo transitorio de dos meses desde la convocatoria para presentar la solicitud.

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